#PUNTOLEGAL Abogados valoran condenas contra los responsables del asesinato de Cholito en #Recoleta

0
304

23 de Octubre 2019

El pasado 2 de octubre, el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago condenó por el delito de maltrato animal a los responsables del asesinato de Cholito, acaecido a principios del año 2017 en la comuna de Recoleta: Franco Nuñéz y Jocelyne Cataldo fueron condenados como autores materiales a la pena de 100 días de cárcel que cumplirán en libertad, en tanto, Rosa Jadue deberá pagar una multa de 40 UTM por ser autora intelectual del delito de maltrato animal.

La decisión de la justicia respecto al caso Cholito fue valorada por abogados especialistas en derecho animal, quienes destacaron que, pese a no existir el cuerpo del delito pues jamás se supo el paradero del animal, se logró condenar a los responsables del brutal asesinato del can.

De acuerdo a la abogada Francesca Coghlan, miembro de la Fundación Abogados por los Animales (APLA) y colaboradora de la Fundación Gestión Ética para la Dignidad Animal GEDA, “si bien, las penas no nos parecen muy altas, a nuestro parecer, y teniendo en consideración que al momento de cometerse ese delito aún no regía la ley 21.020, y que, además, vino en aumentar las penas del delito de maltrato animal, las mismas se condicen con lo esperable para un delito con la penalidad que el mismo tenía asociada en ese momento. La valoración positiva se genera sobre todo de la labor de las organizaciones involucradas, quienes realizaron un arduo trabajo moviendo la causa y recopilando antecedentes la misma, para que ésta llegara a etapa de sentencia”, puntualizó Coghlan.

A juicio de Coghlan, hoy en día el panorama respecto a la persecución del delito de maltrato animal, en términos jurídicos, ha experimentado avances.

“Igualmente, al día de hoy y con la dictación de la ley 21.020, tenemos figuras agravadas del delito de maltrato animal y una pena accesoria específica para casos de maltrato animal. Además, hoy contamos con una ampliación de situaciones que implican maltrato animal, como son el abandono de animales, además de una definición legal expresa de qué entendemos por maltrato animal. Por ello para futuros casos como el comentado, se contemplará una penalidad mayor, lo que es un claro signo de que nuestra sociedad está avanzando en cuanto a leyes de protección animal”, acotó la abogada Francesca Coghlan.

Por su parte, la abogada María Celeste Jiménez, especialista en derecho animal y presidenta de Anima Naturalis Chile, destacó el trabajo realizado por los querellantes de la causa, encabezados por la abogada Alma Sánchéz en representación de la Fundación Callejeritos de la Vega, Fundación Suyai, Ecopolis, Fundación Rescate y Vida Animal y PROANI.

En este sentido, Jiménez explico, en relación al trabajo realizado por los querellantes de la causa: “la abogada querellante, Alma Sánchez, pidió una serie de diligencias en relación a Cholito: por ejemplo, análisis de las muestras pardo rojizas de manchas que se encontraron en el lugar del hecho, que correspondían a un animal canino – no se podía especificar si era Cholito, pues su cuerpo nunca apareció-“, comentó la representante de Anima Naturalis Chile.

Según María Celeste Jiménez, una de las problemáticas que se suscitó a lo largo de la investigación judicial fue que nunca se encontró el cuerpo de Cholito.

“No podemos constatar si Cholito murió o donde dejaron su cuerpo, por lo tanto, el gran problema al momento de probar el hecho es que es un delito, pero sin el cuerpo del delito. Los vídeos eran la única prueba para acreditar que Cholito sufrió maltrato, eso fue presentado ante el Tribunal por la abogada querellante”, explicó Jiménez.

Tras recopilar todos los antecedentes, la Fiscalía decretó el cierre de la investigación y el “Ministerio Público presento un requerimiento de juicio simplificado y no abreviado, no hay nada de eso -el juicio abreviado opera para penas sobre 541 días-, donde se estableció las condenas que todos conocemos y rechazó la alternativa de la suspensión condicional para los imputados”, indicó la abogada Jiménez.

En resumidas cuentas, los abogados valoran las condenas logradas en el caso Cholito, aunque, puntualizan, la necesidad de aumentar las penas asociadas al delito de maltrato animal y el cual se encuentra tipificado en el artículo 291 BIS y TER del Código Penal.

#PUNTOLEGAL Tribunal declara abandonada la querella presentada por Pro Animal Chile en el caso Cholito