#PUNTOLEGAL ¿Qué dice la ley respecto a los casos de abusos sexuales a animales?

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27 de Agosto 2020

Durante la jornada de este martes, a pesar de los esfuerzos médicos veterinarios, falleció “Weichafe” que era un can cachorro de seis meses encontrado en el Valle de Azapa, cercano a la ciudad de Arica, bajo paupérrimas condiciones y con signos de haber sido abusado sexualmente, según el informe veterinario respectivo. Frente a dicho escenario, ¿qué dice la ley al respecto?.

Según los especialistas, hoy en día no hay una norma expresa que sancione los actos de abuso sexual hacia los animales y ante aquello, los hechos de dicha naturaleza son considerados como parte del delito de maltrato animal, que es considerado como tal en Chile desde el año 1989.

En el caso del cachorro de Arica, si bien desde el Hospital Veterinario Limarí, lugar donde fue atendido, señalaron que habían indicios de abuso sexual hacia el animal, todavía faltan pericias para confirmar dicha hipotesís. Si se comprueba lo señalado desde el recinto médico, la denuncia “ingresa al sistema como delito de maltrato animal. El abuso es contra las personas, pero contra el animal, podría ser zoofilia, y cae dentro del Código Penal como el delito de maltrato”, explicó el veterinario y subcomisario de la Bidema de Arica de la PDI, Javier Zamorano,en declaraciones a T13.cl.

Asimismo Zamorano indicó que “el delito de maltrato animal está desde el año 1989 en el Código Penal. Lo que hizo la Ley de Tenencia fue aumentar las penas en un grado si es que el animal muere. El artículo antiguo, el del año 89, sancionaba el maltrato animal como la persona que maltratara o hiciera sufrir al animal, pero en la Ley de Tenencia, también incluyó el abandono”, precisó el representante de la PDI.

La discusión en el Congreso

Con el afán de tipificar la acción del abuso sexual hacia los animales como un delito, en el Congreso Nacional se han presentado proyectos de ley al respecto, siendo un ejemplo la iniciativa legal de la diputada Camila Flores, de Renovación Nacional.

La propuesta de Flores apunta a que  “los autores de este tipo de actos inhumanos deben tener una pena acorde a los hechos que cometen. Debemos perfeccionar la normativa de maltrato animal en nuestro país. Por eso, estoy planteando crear un tipo penal de zoofilia, imputándose a esta conducta la pena asimilada a la muerte del animal, esto es presidio menor en su grado medio (penas de 541 días a 3 años) y una multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales ($980.660 a $1.470.990)”, manifestó la parlamentaria en julio del año pasado cuando anunció la presentación del proyecto de ley.

Y para lograr el objetivo del proyecto, Flores apunta a generar un inciso final nuevo al artículo 291 bis del Código Penal ,para que sea «castigado aquel que acceda carnalmente o introdujere objetos por vía vaginal, anal o bucal a un animal, así como cualquier otro acto de significación sexual, sin considerar su especie o raza”, indicó la diputada de Renovación Nacional.

También, la Bancada Parlamentarios por la Dignidad Animal PARDA Chile, durante el año 2016, presentó un proyecto de ley que tiene como fin robustecer la persecución del delito de maltrato animal y dónde se establezcan referencias expresas al abuso sexual de animales con el consiguiente aumento de penas por dicha acción.

En definitiva, el abuso sexual a los animales hoy en día es considerado como una acción de maltrato animal y por lo cual puede ser perseguido penalmente.