Alimentos de mascotas no contienen mensajes de tenencia responsable pese a la normativa, denuncia Geda

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Desde el área jurídica de la Fundación Gestión Ética para la Dignidad Animal denuncian que esta obligación debió realizarse luego de cumplido un año de entrada en vigencia de la ley. Por lo tanto, aseguran, es urgente que las empresas se comprometan a cumplir con esta obligación a la brevedad.

En conjunto con la abogada penalista Maria Celeste Jimenez, quién también es presidenta de Animanaturalis Chile, y la directora jurídica de Fundación GEDA , Isadora Portius, se anunció este “incumplimiento” de la ley 21.020 en su Art 35 que señala expresamente “todo producto alimenticio para mascotas o animales de compañía que se comercialice en el país deberá contener en su envase un espacio en el que se informará al público lo que se entiende por tenencia responsable de los mismos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de esa ley.” Es por ello , que hacen un llamado urgente a las comercializadoras de alimentos para que den cumplimiento a la brevedad de esta obligación.

De acuerdo a lo que señalan las abogadas Jimenez y Portius, los envases de alimentos deberán describir lo que significa la tenencia responsable de acuerdo al Art 2 párrafo 7 de la Ley  21.020 (conocida como “ley Cholito”) , esto significa que deben señalar lo siguiente : “tenencia responsable de mascotas o animales de compañía es un conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía, y que consiste, entre otras, en registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlo a sufrimientos a lo largo de su vida.  La tenencia responsable comprende también el respeto a las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables, así como a las reglas sobre responsabilidad a que están sujetas las personas que incurran en infracción de ellas, y la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para evitar que la mascota o animal de compañía cause daños a la persona o propiedad de otro”.

Maria Celeste Jimenez , además precisó que esta obligación debió realizarse a partir de un año desde la entrada en vigencia de la ley , por lo que es URGENTE que tomen las medidas necesarias para solucionar este incumplimiento de la Ley.

Por lo mismo , la directora jurídica de GEDA Isadora Portius hizo un llamado a las empresas que comercialicen alimentos para mascotas en el país a “ponerse al día con la ley , y de ese modo colaborar a promover la tenencia responsable”,  sentenció.

Finalmente, la organización animalista hace un llamado de atención a los entes fiscalizadores que no se han dado cuenta de este incumplimiento.

¿A qué se exponen estas empresas por no dar cumplimiento a esta obligación legal?

De acuerdo a las abogadas , las empresas se exponen a sanciones desde 1 a 30 UTM de acuerdo a lo señalado en el Art 30 de la misma Ley 21.020.

Nota : Listado empresas alimentos para mascotas ( lena-sag 4-11-2022)