Abogada hace llamado a denunciar masivamente el rodeo a causa del maltrato animal involucrado en su realización

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En el contexto de las celebraciones de fiestas patrias actualmente en curso, la abogada María Celeste Jiménez, presidenta de Animanaturalis Chile, hizo un llamado a denunciar el rodeo y su práctica a causa del maltrato animal asociado a su desarrollo. Y para lo cual, explicó la especialista, es clave el aporte de la ciudadanía.

De esta manera, señaló la abogada María Celeste Jiménez, “hay varias circunstancias que se dan en el rodeo, las cuales constituyen maltrato animal. Por eso quienes sean testigos del desarrollo de un rodeo, deben ir a la Comisaría o la PDI más cercana para que vayan a ver los hechos constitutivos de delito: ojala presentar un vídeo donde se vea lo denunciado, tratando de identificar al animal y la collera participante para que así las policías- Carabineros o la PDI- puedan llamar al fiscal e incautar al animal”, señaló la experta.

Así “podríamos así generar muchas denuncias por maltrato animal contra el rodeo, pero no se hace pues falta mucho más sociabilizar que se puede acusar a la actividad de maltrato. Cualquier animal que está siendo víctima de maltrato se puede pedir su incautación en base al artículo 12 de la ley 20380”, precisó María Celeste.

Bajo este contexto, es importante consignar que al momento de hacer una denuncia por maltrato animal, precisar lo más posible los hechos e identificar a los animales involucrados en la denuncia de maltrato animal pues, con todo lo anterior, se contarán con los antecedentes suficientes que permitan concretar la investigación judicial correspondiente. Asimismo, es clave actuar de forma inmediata a conocidos los hechos para que pueda operar la flagrancia en la denuncia realizada.

Respecto a esta última, ” consiste en que una vez que se ejecuta un hecho, acción u omisión constitutiva de maltrato animal, hay un plazo de hora que puede ser hasta 12 horas: en ese plazo la policía puede perseguir a la persona y tomarla detenida, teniendo las pruebas que den cuenta de la participación del mismo en el delito denunciado”, indicó Jiménez. O sea, la policía puede actuar de forma inmediata sin esperar la respectiva orden desde el Ministerio Público y producto de aquello todo el proceso investigativo se acelera.

Es importante comentar que el artículo 16 de la Ley de Protección Animal 20380, la cual muchas veces de manera errónea se utiliza como argumento para decidir que el rodeo no puede ser denunciado por maltrato animal, alude al «el trato a los animales usados en el Rodeo se rige, según señala la misma ley, por las normas que los huasos se den así mismos: es decir, son juez y parte. Ellos deciden las reglas del juego, ellos las aplican y ellos se fiscalizan así mismos.  No  tienen una regulación uniforme a nivel nacional,  todo queda entregado al nivel de cultura, empatía y conocimiento de cada zona. O sea, depende de cuán ilustrados sean los huasos de las diversas localidades en donde se practica el rodeo»,afirmó en este sentido la abogada Florencia Trujillo, en una entrevista dada a EPA news hace ya varios años.

En consecuencia, el rodeo puede ser denunciado por maltrato animal en base a la legislación actualmente vigente y eso es un paso para lograr que más temprano que tarde su práctica sea sólo, a la larga, un amargo recuerdo del pasado de sufrimiento animal.

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