#PUNTOLEGAL ¿Sirve la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente para afrontar casos como el de la gatita Emma?

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Indignación, tristeza, impotencia y rabia fueron algunos de los sentimientos que primaron tras hacerse público la historia de Emma, una gatita de un mes de edad que fue maltratada brutalmente en Colina. De acuerdo a los antecedentes, el hecho acaeció  a fines de Octubre y fue protagonizado por un grupo de menores de edad que ya está siendo investigado por la justicia.

De acuerdo a los especialistas, por la edad de las autoras del maltrato animal no sólo se aplicará la normativa relativa a la protección jurídica de los animales como es el caso del Artículo 291 Bis y siguientes del Código Penal sino también la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Según el artículo 1 de dicha ley,  ésta “regula la responsabilidad penal de los adolescentes por los delitos que cometan, el procedimiento para la averiguación y establecimiento de dicha responsabilidad, la determinación de las sanciones procedentes y la forma de ejecución de éstas”, se indica en la normativa.

Los aspectos principales de la normativa son: el establecimiento de la responsabilidad penal adolescente desde los 14 años, generación de un catalogo amplio de sanciones, nacimiento de programas de re inserción y las penas privativas de libertad se establecerán solamente para la ocurrencia de los delitos más graves como, por ejemplo, robo con violencia o homicidio calificado.

En este caso, la pregunta que surge es ¿la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente presenta un abordaje adecuado para los menores infractores de la ley, pensando tanto en el caso de Emma como en otros que han sucedido a lo largo de Chile?, interrogante que nos invita a reflexionar sobre el abordaje socio-jurídico que se da en estos casos. A juicio de Julia Cerda, Trabajadora Social y encargada del Programa Familia y Comunidad de la Universidad Tecnológica Metropolitana, falta un abordaje más integral en la temática.

“No creo que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente sea un abordaje adecuado, porque la ley tal como ha sido llevada en Chile tiene una especie de exclusión.  Con unas estudiantes de Magíster de mi universidad  hemos trabajado abordando estos casos y los casos que se abordan son de familias muy deterioradas, vulneración muy grande y pérdidas de derecho: son familias que ya están estigmatizadas, la ruta que siguen siempre tiene el carácter de proteccional”, comentó al respecto la académica Julia Cerda, en entrevista con EPA news.

Bajo este contexto, agrega la especialista, “mi pregunta es ¿la ruta está dada para que hagamos la ruta proteccional o el camino prevencional y/o promocional?. Tenemos una línea súper fuerte en lo proteccional, pero donde está lo promocional: el hacer la conciencia crítica, generar confianza en sí mismo que son esas las rutas que debería pedir una sociedad más avanzada como la que suponemos que tenemos los nosotros”, acotó Cerda.

Al hablar del factor promocional, se está aludiendo a ” la capacidad que tenemos los seres humanos de poder trabajar lo social, educativo y psicológico. Es decir, pensar que las personas pueden pasar de una conciencia ingenua a una conciencia crítica de la situación: lo cual ayudaría a subir sus niveles de confianza y las personas con mayores niveles de confianza y auto-estima, la pregunta es ¿resolvería situaciones de la forma que las han solucionado antes?. Se esperan comportamientos distintos, más contextualizados a las normas y mayor conciencia de los valores y principios”, precisó la especialista.

Tras conocido el hecho, se hicieron distintas manifestaciones exigiendo justicia para Emma

El abordaje de la Ley no es el adecuado, de acuerdo a la académica, puesto que ” la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente ha estado más bien en lo proteccional y no en lo promocional. Nos falta como sociedad chilena generar las instancias promocionales y preventivas, porque se necesita apuntar a lo promocional para que la gente entienda que están frente a nuevos conceptos, nuevos paradigmas sociales y nuevas formas de vida. Tenemos que vivir bien y eso nos lleva a tener que comportarnos de otra manera  y respetar al otro en nuestras interacciones – no sólo seres humanos sino también con los animales, naturaleza, ciudad, medio y con su entorno-. Respeto por el otro, eso no todos lo tienen instalados”, indicó Cerda.

Asimismo la especialista de la UTEM, pensando en el caso de las menores de edad protagonistas del caso de Emma, indica que si bien debe hacerse responsable de sus actos ante se debe tener en cuenta algunos elementos de importancia.

“La consideración distinta tiene que ver con todos los preceptos que deberíamos tener como ciudadanos chilenos, en términos de la tenencia responsable de las mascotas. Acá hay una responsabilidad primero de los padres, la chica con las condiciones en que está no podría tener cercanía con seres o personas más débiles. Los estudios son super claros en cuanto a los niños que tienen trastornos de este tipo, los chicos que tienen trastornos severos como esta niña no pueden tener mascotas, los padres de alguna manera deberían haber prevenido el acceso de la niña a los animales”, señaló Cerda y luego agregó: “hay algunos cuadros que tienen que ver con explicaciones que se da de la Psiquiatría, la primera es que niños que fueron maltratados vuelven a maltratar. Es un tema complicado, porque ponemos en mucho riesgo la situación de la familia: de hecho la condición de la familia es muy riesgosa hoy en día, porque han sido peritadas por las Policías y cuando una familia está siendo peritada entra en un orden distinto y se desarrolla un proceso de estigmatización”, dijo Julia Cerda, quién también es  Postitulada en estudios interdisciplinarios de la familia.

¿Y qué opina el mundo de la protección animal?

Un llamado a velar por los derechos de los niños infractores de la Ley pero, también, pensar en la protección de todos los animales hizo Juan Carlos Oróstica,  Presidente de la Fundación para la Gestión de la Dignidad Animal GEDA- Chile.

“Si bien es cierto que se debe garantizar los derechos de los menores por medio de la Ley 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente, también deben existir las garantias para los derechos animales. Y es ahí donde nuestra legislación está al debe. Si bien es cierto existen dos leyes respecto al tema, estas quedan cortas en las necesidades reales de sanciones y condenas a los delitos contra los animales. Aún está en el Congreso el proyecto de ley sobre maltrato animal que ingresara Parlamentarios por la Dignidad Animal”, señaló al respecto Oróstica.

Por otra parte, desde Equipo de Protección Animal EPA- Chile hicieron un llamado a hacer un abordaje integral cuando sucedan estos casos. “Si bien creemos que los menores de edad deben responder ante la justicia si protagonizan delitos de maltrato animal u otros, también es necesario desarrollar las estrategias necesarias para prevenir que dicho grupo etario llegue a protagonizar un caso como éste y para eso se necesita un programa educativo que busque desde la primera infancia desarrollar una empatía animal en los niños como, también, un estímulo constante para que las personas puedan optar a una mejor calidad de vida en todos los sentidos”, indicó la agrupación.

En definitiva, el desafío está en lograr una adecuada sanción frente a los casos de maltrato animal y , a su vez, implementar los mecanismos necesarios que ayude a los pequeños a evitar caer en el estado de ser protagonistas de delitos.

Producción: Carolina Peña.