#PUNTOLEGAL ¿Qué hacer frente a contenidos y/o imágenes que den cuenta de maltrato animal en las redes sociales?

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10 de Julio 2020

Durante el último tiempo, lamentablemente, han aparecido en redes sociales diversas imágenes y contenido relativo a acciones de maltrato animal generando con ello el enojo  e impotencia de muchas personas. Frente a dicho escenario, la pregunta que surge es ¿existe alguna ley que sanciona dicho actuar en la red?. 

Según los especialistas, no hay ninguna normativa que prohiba dichos contenidos o los tipifique como algún delito. Pero, las acciones que hay detrás del contenido o imagen publicada, si los antecedentes así lo ameritan, podrían configurar el delito de maltrato animal que es sancionado por el Artículo 291 BIS y TER del Código Penal. 

En este sentido, la recomendación de la Fundación Derecho y Defensa Animal es que “antes de denunciar el contenido y  este sea dado de baja, descargues o guardes los videos o fotos que evidencian un maltrato animal, ya que puede servir como prueba dentro de un proceso penal en contra de esa persona”, puntualizó la organización animalista al respecto.

Asimismo, acotó la entidad, “es importante tener en cuenta que, dentro de un proceso penal, Fiscalía puede solicitar a las diversas redes sociales que estas entreguen información respecto al dueño de la cuenta y el contenido publicado”, concluyó la Fundación Derecho y Defensa Animal. 

Cabe señalar que el maltrato animal es considerado una acción constitutiva de delito en Chile desde el año 1989 con la inclusión del artículo 291 BIS del Código Penal, con el tiempo se ha ido robusteciendo la normativa con la inclusión del artículo 291 TER que vino a definir qué se entiende por maltrato animal bajo una perspectiva penal. 

¿Cómo se denuncia el maltrato animal en Chile?