#PUNTOLEGAL ¿Cuál es el rol de la querella y el querellante en una denuncia de maltrato animal?

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12 de Agosto 2020

Cuando pensamos en una denuncia por un caso de maltrato animal, es muy probable que hayamos escuchado hablar en torno a la querella y el querellante. En este sentido, las preguntas que surgen son: ¿cuál es el rol de la querella y el querellante en una denuncia de maltrato animal? y ¿ por qué es importante contar con un querellante en alguna referente al delito ya señalado?. 

Las interrogantes antes planteadas son abordadas por Antonia Ascencio, estudiante de derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y miembro de la Fundación Derecho y Defensa, en entrevista con EPA news. 

-¿Qué es una querella y quiénes la pueden presentar?

“La querella es un escrito, que se presenta ante el Juez de Garantía, a través de la cual se solicita dar inicio a la investigación por el Ministerio Público de los hechos que en ella se exponen o, si la investigación por tales hechos ya se encuentra iniciada, permite a quien la presenta intervenir en el proceso penal respectivo y ejercer los derechos y facultades que la ley le confiere.

En general, la querella puede ser presentada por la víctima del delito, su representante legal o heredero testamentario, pero tratándose del delito de maltrato animal, la Ley N° 21.020, Sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, establece que pueden querellarse las organizaciones promotoras de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, cualquiera sea su domicilio dentro del país”. 

-Si la querella es declarada admisible, ¿qué rol adquiere quien la presentó?

Si la querella cumple con los requisitos legales para su presentación, el Juez de Garantía la admitirá a tramitación y la remitirá al Ministerio Público, siendo el querellante considerado interviniente en el proceso respectivo a partir de ese momento, lo que le permite ejercer una serie de derechos y facultades que otros sujetos (como el denunciante) no tienen o tienen en menor medida (como la víctima, que también es interviniente en el proceso, y si bien en virtud de esa calidad la ley le reconoce una serie de derechos, estos son menos en relación a los que puede ejercer el querellante).

El rol del querellante, en delitos como el maltrato animal, consiste en ejercer la acción penal en conjunto con el fiscal del Ministerio Público, interviniendo activamente en el procedimiento. Así, el querellante tiene, entre otras, la facultad para solicitar al Ministerio Público la realización de diligencias de investigación (las que puede pedir incluso en la propia querella), asistir y participar en las audiencias del procedimiento, solicitar al Tribunal que se decreten medidas cautelares en contra del imputado, adherir a la acusación del fiscal o acusar particularmente, ofrecer prueba y presentarla en el juicio, interponer recursos, etc. Por otro lado, el querellante también tiene una serie de facultades de control respecto de la actuación del fiscal en ciertos casos, por ejemplo, si el fiscal comunica la decisión de no perseverar en el procedimiento o solicita el sobreseimiento del imputado”. 

-¿En qué se diferencia una querella de una denuncia y de una demanda?

“La denuncia, al igual que la querella, es una de las formas a través de las cuales puede iniciar la investigación de un hecho que reviste caracteres de delito. Sin embargo, existen una serie de diferencias entre una denuncia y una querella.

La denuncia puede ser realizada por cualquier persona que tenga conocimiento de que se ha cometido un hecho que posiblemente constituye un delito, y consiste precisamente en la comunicación, verbal o escrita, de ese conocimiento, directamente ante el Ministerio Público, o ante funcionarios de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o ante cualquier tribunal con competencia criminal, quienes deberán hacerla llegar de inmediato al Ministerio Público. Pero la denuncia consiste únicamente en ese acto de comunicación del conocimiento que se tiene, sin que producto de ello el denunciante sea considerado interviniente en el proceso penal que pueda iniciarse con la denuncia ni que tenga derecho a intervenir en aquél procedimiento.

Así, tratándose del delito de maltrato animal, a diferencia de la querella, no solo pueden denunciar quienes pertenezcan a una organización promotora de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, sino que puede realizar una denuncia cualquier persona que sepa que se han cometido hechos que podrían constituir maltrato animal, pudiendo de esa manera iniciarse la investigación de esos hechos por el Ministerio Público, sin que por ello el denunciante pase a tener derecho a intervenir en el proceso penal que podría iniciarse con motivo  de su denuncia.

Por otro lado, la demanda también es una forma de dar inicio al procedimiento, pero en el ámbito civil, no en el ámbito penal (al cual corresponde el delito de maltrato animal), como la denuncia y la querella”. 

¿Cómo se denuncia el maltrato animal en Chile?