#PUNTOLEGAL Corte Suprema rechaza recurso de protección presentado contra construcción de Centro El Peñon de Walmart

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Durante la jornada de este martes, la Tercera Sala de la Corte Suprema de Chile rechazó el recurso de protección interpuesto en contra el informe consolidado de evaluación ambiental del Centro de Distribución El Peñon, que la empresa Walmart pretende construir en la comuna de San Bernardo. La acción judicial fue presentada por las Municipalidades de San Bernardo y Calera de Tango con el apoyo de un grupo de vecinos.

Según informaron los municipios, el recurso de protección presentado se argumentó en el hecho de que el proyecto presentado no respeta y no cumple con la normativa ambiental actualmente vigente en nuestro país.

Protesta de los vecinos de San Bernardo contra el centro de distribución El Peñon

En el fallo, emanado de la Tercera Sala, se señala que “resulta relevante sostener que no obstante establecerse en la parte final del inciso 1° del artículo 20 de la Carta Fundamental, que la interposición del recurso de protección lo es sin perjuicio de los demás derechos que puedan hacerse valer ante la autoridad o los tribunales competentes, no puede perderse de vista que a contar de la dictación de la Ley N° 20.600, de 28 de junio de 2012, que creó los Tribunales Ambientales, son éstos los llamados a conocer de las controversias medioambientales sometidas a su competencia”, plantea el escrito.

Cabe señalar que la Tercera Sala de la Corte Suprema  estuvo integrada por los Ministros Carlos Cerda, María Eugenia Sandoval y Sergio Muñoz, además de los abogados integrantes Jorge Lagos y Rodrigo Correa.  El fallo contó con un voto desfavorable, el cual correspondió al del Ministro Muñoz.

La argumentación del Ministro Muñoz apuntó a las fallas que se generaron en el proceso de participación ciudadana, realizada  durante la evaluación ambiental del proyecto. De acuerdo a Muñoz, según se consigna en el fallo, “Se objetó por los recurrentes de protección el aparente incumplimiento de las exigencias destinadas a garantizar la participación de la ciudadanía en todas las fases de la discusión ambiental del proyecto, en particular, por no haberse reabierto un proceso especial de participación ciudadana en atención a las rectificaciones y aclaraciones que formuló el solicitante luego de terminado el anterior proceso participativo –artículo 29 inciso primero de la Ley N°19.300-, puesto que el titular del proyecto incorporó aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que, estiman los actores, afectaron significativamente el proyecto original, por lo que según lo dispuesto en el artículo 29 inciso segundo de la Ley N°19.300, debió abrirse una nueva etapa de participación ciudadana por un plazo de 30 días, previo al pronunciamiento resolutivo que por esta vía se impugna, puesto que de otra forma se ven excluidos de la participación que les reconoce el legislador”.

Bajo este contexto, agrega el fallo al cual tuvo acceso EPA news, si bien “la Comisión de Evaluación Ambiental decidió en sesión de 4 de julio de 2016, que quedó plasmada en la Resolución Exenta N°352/2016, que las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones efectuadas no modificaban sustantivamente el proyecto o actividad o los impactos ambientales que éste generará, sin advertirse una alteración significativa en la ubicación de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad que afecten a la comunidad o grupo humano, así como la generación de nuevos impactos significativos o aumentos en la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales generados”, se explica en el escrito.

Si bien el fallo fue desfavorable a las pretensiones de las Municipalidades y los vecinos involucrados, la lucha por la no construcción del Centro de Distribución continúa, plantean los vecinos. En ese sentido Ariel Martínez, Presidente del Comité de Seguridad de la Villa Lomas de Mirasur, señaló  que “Aun  quedan varias instancias de lucha y continuaremos en ella , este proyecto NO puede realizarse por todos los vicios, por que no existió consulta ciudadana participativa y por que destruiría un ecosistema único en los faldeos del Cerro Chena , la flora y fauna silvestre del lugar”, indicó Martínez.

Tras el fallo de la Corte Suprema, el Consejo de Ministros tiene un plazo de 60 días para manifestarse en torno al centro de distribución que Walmart pretende construir.