#MIRADANACIONAL Dictamen de la Contraloría determinó que los ciudadanos podemos alimentar a perros abandonados

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8 de Agosto 2019

La Contraloría General de la República determinó que ninguna ordenanza municipal puede prohibir la alimentación, provisión de agua y la instalación de casas en la vía pública. Esto, luego de una presentación ciudadana  realizada ante el ente contralor para que se pronunciará en torno a la legalidad de la ordenanza de tenencia responsable de la Municipalidad de San José de Maipo, que prohibía alimentar a perros en la calle.

Cabe señalar que la presentación fue realizada por el ciudadano Federico Wünsch Navarrete, quién le solicitó a la Contraloría pronunciarse en torno a la legalidad del artículo 20 de la ordenanza de tenencia responsable, que buscaba sancionar el cuidado de los animales abandonados.

La Contraloría, a través de su resolución, determinó que la Ley de Tenencia Responsable 21.020,  “reguló expresamente la situación de los animales que se encuentren abandonados o perdidos, en particular, la de perros y gatos, permitiendo respecto de los primeros, que aun careciendo de dueño puedan ser alimentados y cuidados por la comunidad, sin establecer como prohibida (esta) conducta por parte de los vecinos, y respecto de los segundos (felinos), la posibilidad de monitorearlos por la entidad edilicia, sin que se impida la provisión de cuidados por parte de la población”, explicó el ente contralor en su resolución.

Asimismo, el ente gubernamental aclaró que “el legislador no solo ha permitido que puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino además, ha prohibido y penalizado su abandono”, precisó la Contraloría al respecto.

Si bien la resolución fue basada en la situación de la Municipalidad de San José de Maipo, el alcance de la resolución abarca los 346 municipios existentes en el país.