#MAGALLANES Tribunal Ambiental ordena la paralización de las tronaduras en Isla Riesco

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El Tercer Tribunal Ambiental, ubicado en la ciudad de Valdivia y con jurisdicción desde Ñuble hasta Magallanes, determinó este viernes la suspensión de la Resolución de Impacto Ambiental (RCA) del proyecto “Incorporación de tronadura como método complementario en la extracción mecánica de material estéril en Mina Invierno”, iniciativa que se buscaba desarrollar en la Isla Riesco de la Región de Magallanes.  En otras palabras, por el momento no habrá tronaduras en el reseñado lugar del extremo austral de nuestro país.

La decisión del Tribunal se da tras la presentación de un recurso de reclamación por la ONG Fima a nombre de Alerta Isla Riesco, luego de que se revirtiera la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental de Magallanes que, en una primera instancia, rechazó el proyecto , permitiéndose de ésta forma el uso de tronaduras en el contexto del funcionamiento de la Mina Invierno.

De acuerdo a la resolución del Tribunal,  “se considera que la medida solicitada resulta idónea para impedir que exista el riesgo de destrucción de hallazgos paleontológicos que podrían tener un valor de singularidad. La resolución reclamada que se pretende suspender cautelarmente, es un acto administrativo que permite un modo especial y adicional —tronaduras para facilitar el proceso de extracción del mineral— del proceso productivo de la faena minera. Quedando a salvo la autorización ambiental que tiene el titular sobre la totalidad del proyecto minero, en ningún caso se paralizará por completo la actividad extractiva allí desarrollada. Por tanto, no parece desproporcionada la medida solicitada”, se indicó en la resolución del Tribunal.

Por su parte, el abogado Diego Lillo, quién es Coordinador de Litigios de la ONG Fima, precisó que Si bien, esto no significa que haya un prejuzgamiento del fondo, puesto que aquí queda todo el juicio de por medio para determinar una de las cuestiones en que se basa esta medida cautelar, que es el riesgo para los hallazgos paleontológicos en la Formación Loreto. Lo que sí considera el Tribunal, es que existe un fundamento plausible para nuestro argumento, es decir, la falta de información que se tuvo en el procedimiento para la determinación de este posible impacto; y por otro lado, que el riesgo es de una entidad significativa, que hace necesario palearlo a través de esta medida cautelar”, indicó el profesional.

La resolución contó con los votos a favor de los Ministros “Michael Hantke Domas y  Sibel Villalobos Volpi y el voto en contra del Ministro  Iván Hunter Ampuero, quien estuvo por rechazar la solicitud, por estimarla desproporcionada, y decretar, en cambio, una medida que sólo establezca la prohibición de realizar las tronaduras y cualquier otra actividad que pueda afectar o poner en riesgo los elementos paleontológicos aparentemente existentes en la formación Loreto”, indicó el Tribunal a través de un comunicado de prensa.

Si desea ver la resolución, haga clic aquí.

Producción: Ariel Martínez Díaz.