#PUNTOLEGAL Decretan suspensión condicional del procedimiento en investigación contra fundador de La Quiltrería, acusado de estafa

0
1342

El pasado 4 de noviembre, en dependencias del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, se decretó la suspensión condicional del procedimiento en la investigación judicial contra José Luis Hidalgo, creador de la Fundación La Quiltrería, por un año. De acuerdo a la indagación judicial, se investigó a Hidalgo por los delitos de estafas y otras defraudaciones, falsificación o uso malicioso de instrumento público y ejercicio ilegal de la profesión.

La investigación judicial comenzó el año 2018, tras el desalojo de la propiedad que Hidalgo ocupaba junto a los perros en la calle Logroño de la Ciudad Jardín por no pago del arriendo. Si bien inicialmente  la preocupación estaba enfocada en los perros con necesidades especiales que tenía La Quiltrería,  prontamente surgieron una serie de denuncias en contra de Hidalgo y las cuales se expresaron a través de un reportaje elaborado por el canal TVN, exhibido en marzo del 2018. Las denuncias aludían a no claridad de los montos reunidos en las campañas realizadas dónde se buscaba comprar un terreno destinado al uso de la Fundación, además de ejercicio ilegal de la profesión y falsificación de instrumento público -inventó un contrato de trabajo para la firma del arriendo de la casa en Viña- y todo ello originó una investigación por parte de la Fiscalía de Viña del Mar, la cual culminó con la suspensión condicional del procedimiento. 

Respecto a las condiciones fijadas a Hidalgo, quien actualmente reside en Maipú, se estableció “fijación de domicilio y una donación de 1.000.000 de pesos a pagar  en 10 cuotas de 100.000 pesos mensuales, iguales y sucesivas la última semana de cada mes comenzando en noviembre de 2020, lo anterior a favor de Fundación Santa Clara. El imputado deberá acreditar el pago mes a mes”, señaló el Tribunal mediante el fallo respectivo. 

Cabe señalar que el procedimiento simplificado se puede gestar si el imputado no ha sido condenado por un crimen o simple delito y la pena a la que pudiese ser condenado fuese menor a 3 años. Se hace por un tema de economía procesal y no representa necesariamente, plantean los especialistas, de que el acusado no tenga responsabilidad en los delitos investigados.

La salida se produce luego de un acuerdo entre el imputado y el fiscal con la aprobación de un juez de garantía, donde el Tribunal le impone una serie de condiciones al acusado que debe cumplir en un plazo determinado y si lo anterior pasa, tras cumplido el plazo, la acción penal expira y no queda registro alguno en el acusado de los delitos que se le imputó. Si no cumple con los acuerdos ante el Tribunal o comete algún otro delito, el proceso judicial se reabre.