#MIRADANACIONAL Corte Suprema criticó proyecto que busca regular las carreras de perros galgos, por generar dos régimenes sancionatorios distintos

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7 de Octubre 2019

En el contexto de una consulta realizada por el diputado Iván Flores, presidente de la Cámara de Diputados, la Corte Suprema, a través del Oficio N° 206-2019, realizó un análisis en torno al proyecto de ley que busca regular las carreras de perros galgos en Chile, el cual fue presentado por una moción parlamentaria el pasado 10 de julio y de forma posterior a la iniciativa legal que busca prohibir las carreras de perros galgos, la cual ingresó a principios del presente año.

La propuesta del proyecto de ley de regulación apunta a regular las carreras de perros galgos, las cuales para realizarse, entre otros puntos, deben cumplir con los siguientes requisitos: “asegurar la integridad, la protección y el debido cuidado de los animales involucrados en dicha actividad, cualquiera que sea el rol que cumplan en ella; no fomentar, ni inducir, de manera directa o indirecta, la realización de actividades ilícitas, en especial las de apuestas ilegales y desarrollarse en un ambiente seguro”, se precisa en la iniciativa legal presentada por el diputado Pablo Prieto.

En este ámbito, el proyecto señala que en caso de no cumplir los requisitos anteriormente reseñados, las sanciones establecidas para los responsables serían “la imposición de una multa de 10 a 50 UTM (art. 14 quáter) y la clausura temporal o definitiva del establecimiento, lugar o recinto de realización de la actividad (art. 13, inciso segundo)”, se reseña en la moción de Prieto.

A juicio de la Corte Suprema, la problemática que se observa con la iniciativa legal es que “una misma infracción dará lugar a dos regímenes sancionatorios absolutamente distintos, lo cual es del todo inconveniente. Tratándose de una misma infracción, la naturaleza de la sanción dependerá de quién sea el fiscalizador, lo que afectaría la igualdad ante la ley, sin perjuicio de que, en los hechos, no se concretará la pretensión de la iniciativa en cuanto a que el infractor se vea disuadido por la amenaza conjunta de multa y clausura”, indicó la Corte Suprema en el oficio enviado a la Cámara de Diputados.

Asimismo, el máximo tribunal del país acota que “la normativa de la Ley N° 20.380 en la que se inserta la propuesta, es fiscalizada –en general, a través del Servicio Agrícola y Ganadero- cuyas decisiones son reclamables ante los jueces de letras en lo civil, es decir, un órgano público de experticia técnica específica, posibilitando un contencioso administrativo posterior, escenario en que la propuesta viene a innovar, pues a este sistema coherente, agrega otro régimen, de denuncia por funcionarios sin la referida experticia entregando el régimen de reclamo de las multas a los Juzgados de Policía Local”, acotó la Corte Suprema en el informe.

La propuesta de la Corte Suprema es que “tanto la fiscalización como el procedimiento administrativo sancionatorio, tendrían que asignarse al Servicio Agrícola y Ganadero y el contencioso administrativo a los juzgados civiles pertinentes”, indicó la Corte al respecto.

Cabe señalar que mañana martes se discutirá el proyecto de regulación de carreras de perros galgos en la comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados. La sesión de la comisión se hará en Valparaíso.

Si desea leer el informe completo de la Corte Suprema, haga clic aquí