La SMA deberá retrotraer el procedimiento para analizar los antecedentes, pronunciarse de forma expresa y fundada respecto de las denuncias presentadas y de la solicitud de medidas urgentes y transitorias.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el 15 de julio de 2025, archivó un conjunto de denuncias interpuestas en contra del proyecto «Centro de Cultivo de Salmónidos Contao”, del titular Salmones Austral S.A, asociadas a la afectación del humedal en la desembocadura del río Contao, en Hualaihué, Región de Los Lagos. Por esta razón, la Agrupación Eco Voluntarios de Hualaihué interpuso una reclamación de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental, por considerar la Resolución contraria a Derecho. La reclamante alegó efectos del proyecto no previstos en la Resolución de Calificación Ambiental otorgada a dicho proyecto en el año 2009, referidos específicamente, al arrastre de sedimentos, arrastre de alimento no consumido y de fecas propias de la actividad salmonicultora, lo que afectaría al humedal en la desembocadura del río Contao, y que se sitúa a 200 metros del Centro de Cultivo. También alegó que la SMA, en su resolución, no se pronunció sobre la Medida Urgente y Transitoria (MUT) solicitada para el resguardo ambiental del sector.
El Tribunal acogió parcialmente la reclamación, al concluir que la SMA no fundó suficientemente la decisión de archivar las denuncias respecto de la eventual generación de impactos no previstos sobre el humedal Contao y su entorno. En particular, estimó que los antecedentes técnicos del expediente dotaban de plausibilidad a dicha hipótesis y que la autoridad debía explicar por qué ellos permitían descartarla o, en su defecto, por qué no era necesario realizar nuevas diligencias de fiscalización. Asimismo, advirtió que la SMA omitió pronunciarse expresamente sobre la medida urgente y transitoria solicitada.
El Tribunal, sin embargo, no ordenó la dictación de una MUT o el inicio de un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, ya que estos asuntos aún deben ser evaluados fundadamente por la SMA.
Más antecedentes de la sentencia en el expediente electrónico R-36-2025

























