#PUNTOLEGAL Presentaron querella por la muerte de 200 gaviotas “Franklin” en Playa de Tunquén

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Durante la jornada de este jueves  se presentó en el Juzgado de Garantía de San Antonio una querella bajo la figura de maltrato animal  contra los responsables por la masiva muerte de 200 gaviotas Franklin, acaecida en la Playa de Tunquén. La acción judicial fue presentada por la Fundación Gestión Ética para la Dignidad  Animal, representada por Juan Carlos Oróstica y contó con el patrocinio del abogado Roberto Vásquez.

En los antecedentes presentados al Tribunal, a los cuales tuvo acceso EPA news, se precisa que “el día lunes 10 de Enero del 2018 el conservador del Museo de San Antonio,  señor José Luis Brito,  encontró en la playa de Tunquen más de 200 gaviotas “Franklin” muertas y algunas vivas con heridas en sus alas, sobre el cual hizo denuncia a través de las redes sociales, específicamente en su cuenta de twitter. Posteriormente, el día 15 y haciendo uso de sus facultades la Jefa de la Oficina del SAG San Antonio, la señorita Valentina Moreno se constituyó en el lugar de los hechos junto a profesionales de su equipo de trabajo a fin de constatar los hechos, tomar toda la evidencia posible y sacar muestras con el objeto de realizar una investigación”, se indica en el escrito presentado.

Bajo este contexto, se precisa que la muerte masiva de aves migratorias podría deberse a una acción humana deliberada.

“Al verificar las fotografías proporcionadas por el conservador del Museo San Antonio, este experto señala que le parece más una intervención humana que una bacteria o virus, ya que es conocida la práctica del “jeepeo” por las playas del litoral, lanzando los vehículos a las bandadas que descansan en masa.En particular la especie denominada “Franklin” es un pájaro que vive en bandadas y es migratoria”, se agrega en el escrito.

La situación de maltrato animal, a juicio de los querellantes, se sustenta en los artículos 291 BIS y TER del Código Penal, La Ley de Protección Animal 20380 y el Decreto 827 del 31 Agosto de 1995 sobre el “Protocolo para la Conservación y administración de las áreas marinas y costeras” que señala “En general, prohibir cualquier actividad que pueda causar efectos adversos sobre las especies, ecosistemas o procesos biológicos que protegen tales áreas, así como sobre su carácter de patrimonio nacional, científico, ecológico, económico, histórico, cultural, arqueológico o turístico”, se señala en el Decreto. 

El siguiente paso de la querella es que sea revisada por el Tribunal y éste se pronuncie en torno a su admisibilidad.

Fotografía: Imagen referencial