Durante el mes de octubre de 2018, la Comisión de Evaluación Ambiental de Magallanes (COEVA) autorizó la entrada en funcionamiento de la Piscicultura de Recirculación Lago Balmaceda, proyecto que ingresó a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Para los proyectos ingresados mediante DIA la legislación ambiental contempla el deber de realizar reuniones con las comunidades indígenas que sean susceptibles de ser afectadas, cuestión que en el presente caso no se hizo, explican desde el mundo indígena, pues el titular no reconoció comunidades indígenas dentro del área de influencia.
Ante esto, la comunidad Kawésqar As Wal Lajep (representada por Marcela Caro) que se encuentra dentro del área de influencia del proyecto, reclamó ante el Servicio de Evaluación Ambiental, que en su decisión declara la existencia de un vicio, pero solo reconoció impactos por el tránsito de camiones. Así, la autoridad ambiental mantuvo de todos modos la aprobación del proyecto, excluyendo los impactos sobre los sistemas de vida del pueblo Kawésqar. Esta decisión se mantuvo en el Tercer Tribunal Ambiental, lo que llevó a los reclamantes a presentar un Recurso de Casación en el Fondo para que la Corte Suprema revisara las omisiones incurridas durante la tramitación, quién le dio la razón a los reclamantes.
“Estamos muy agradecidos de las organizaciones AIDA, Greenpeace y FIMA. El impacto en el territorio es muy grande, el aumento de jaulas en el mar y de plantas de proceso o psicultura en tierra, del tráfico marítimo, está acabando con la cultura de subsistencia y con los espacios que se han recorrido por miles de años”. Señala Marcela Caro, consejera de la comunidad As Wal Lajep.
La Corte Suprema, en su sentencia, frente a la constatación de que la comunidad indígena As Wal Lajep se encuentra dentro del área de influencia del proyecto, y las observaciones ciudadanas realizadas durante el proceso de participación ciudadana, resaltó la importancia de la instancia de reuniones con grupos humanos de pueblos indígenas frente a un proyecto que ingresa por Declaración de Impacto Ambiental, como herramienta que permite al SEA incorporar sus inquietudes y determinar si se han descartado adecuadamente los impactos sobre los grupos indígenas. Así, dispone que haberlas omitido constituye un vicio que requiere ser subsanado y ordena dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto y retrotraer el procedimiento con el fin de que estas reuniones se lleven a cabo.
“El valor de este caso está principalmente en que la Corte Suprema ratifica su posición respecto de la justiciabilidad de las preocupaciones ambientales de los grupos y personas indígenas, las que al carecer de una herramienta más idónea pueden llevar casos a la justicia a través de la reclamación de participación ciudadana. Esto refuerza la exigibilidad de un estándar más serio y elevado por parte del SEA en la consideración de las observaciones ciudadanas que se refieren a los grupos humanos y se pone en un mayor nivel de importancia a los mecanismos consultivos a los pueblos originarios cuando existen proyectos susceptibles de afectar sus derechos”, explicó Diego Lillo, Coordinador de Litigios de ONG FIMA.
Deber de protección de las aguas australes
“Un aspecto clave de la sentencia es que avanza en el reconocimiento de la importancia que tiene la participación de las comunidades locales, el conocimiento local que se obtiene mediante estos procesos participativos, es mucho más que un derecho, se trata de un insumo valioso que no puede faltar y que debe ser apreciado a la hora de decidir sobre el desarrollo de los territorios”, comentó Florencia Ortuzar de AIDA
Las comunidades Kawésqar y organizaciones locales desde hace años que vienen luchando contra la salmonicultura que se expande en la Región de Magallanes, y que ya ha dejado devastadores efectos en las regiones de Los Lagos y Aysen. En este cometido se han asesorado jurídica y técnicamente en las organizaciones FIMA, AIDA y Greenpeace con el fin de proteger sus aguas marinas y dulces.
“Es muy duro tener que estar constantemente temiendo que se instale uno u otro proyecto que finalmente terminará devastando el territorio, la lucha de las comunidades indígenas contra la industria es desigual”, señaló Marcela Caro, de la Comunidad Kawésqar.
Desde Greenpeace, su vocero Mauricio Ceballos, señala que “El fallo da cuenta del rol clave que tienen los pueblos originarios como defensores de su territorio. El pueblo Kawésqar está sosteniendo hoy en día una lucha contra viento y marea para poder exponer y detener los daños de las industrias extractivas sobre su territorio, y sus consecuencias terminarán repercutiendo beneficiosamente en la salud del océano a nivel planetario”.
Fotos: Gentileza Comunidades Kawésqar por la Defensa del Mar