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Condenaron a sujeto por el delito de maltrato animal contra 49 perros de un criadero en Pirque

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41 días de presidio remitido, el pago de una multa de 5 UTM y la inhabilidad absoluta de tenencia de animales de compañía fue la pena establecida por el Juzgado de Garantía de Puente Alto para Jorge Antonio Pons Márquez por su responsabilidad en el delito de maltrato animal bajo el grado de consumado contra 49 perros que habitaban un criadero  de la comuna de Pirque, Región Metropolitana, el cual era propiedad del condenado. Una historia que comenzó a escribirse el año 19 de marzo del 2019, cuando efectivos de la PDI llegaron hasta el lugar luego de una denuncia al respecto.

Ese día, según explica el Ministerio Público en el expediente judicial al cual accedió epanews.cl,  se encontraron “49 caninos de distintas razas, los cuales presentaban diversas patologías sin tratamiento, algunas de las cuales estaban vinculadas directamente a las condiciones de encierro permanente, como claudicaciones, dificultad de movimiento, atrofia muscular, pioderma podal, estrés por encierro, entre otras”, señaló la Fiscalía.Tras ello se inició la investigación judicial, donde los querellantes fue la Fundación Arca a través de los abogados Luis Peredo y Bruno Torres.

A lo largo de la indagación, Patricia Bacaratt, de la unidad de Bridesma perteneciente a la PDI, señaló que cuando llegaron al recinto ocupado por el criadero “habían alrededor de 20 jaulas con 49 perros en su interior a pesar de que habían otras jaulas desocupadas, estas  estaban una encima de otra, lo que más llamaba la atención eran las jaulas del tipo metálicas
pero con rejillas en su totalidad sin área de descanso en la base para los perros por lo mismo la mayoría de los perros presentaba alguna patología en las extremidades, ya sea en los cojinetes o en las articulaciones. También les llamó mucho la atención el olor pútrido en todo el galpón y se debía a que existía una acumulación de fecas y orines de mucho tiempo. De hecho que las heces que estaban al interior de las jaulas o en las rejillas llevaban tanto tiempo que ya tenían hongos, pues tenían pelos y también había caca de roedores al interior de los comederos y bebederos de los perros (…). Todos los canes ejemplares tenían algún tipo de patología ya sea oculares, dentales, dérmica o la patología en las patas. De las patologías en los ojos lo más común que vieron fue secreción ocular o perros sin tratamiento lo que había generado que tuvieran una opacidad corneal que no tuvo tratamiento por tanto el perro quedó con ceguera de ese ojo, de hecho había un perro que tenía un ojo menos”, indicó Bacaratt.

Es importante comentar que los animales fueron reubicados en hogares y refugios, recibiendo los cuidados y cariños que todo animal merece por dignidad.

Cumplimiento de la pena 

De acuerdo a lo determinado por el Tribunal, Pons Márquez podrá cumplir la pena de 41 en libertad gracias a la remisión condicional: esto implica que el condenado deberá presentarse el día 5 de cada mes en el Centro de Reinserción Social de Puente Alto por el lapso de un año a firmar y si no cumple, se despachará una orden de detención en su contra de inmediato. Asimismo, “si la pena sustitutiva impuesta fuera revocada o quebrantada, el encausado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad aplicada, o en su caso, se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas; en este caso se someterá al condenado al cumplimiento de la pena inicial, sin abonos”, puntualizó el Tribunal.

Cabe señalar que la acción de maltrato animal está tipificada como delito en Chile desde el año 1989, mediante el artículo 291 BIS y TER del Código Penal que con el pasar del tiempo se ha complementado con las leyes de Protección Animal y de Tenencia Responsable. Se puede denunciar ante Carabineros, PDI  o la Fiscalía.

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