En la segunda sesión de la Comisión Investigadora del Caso Dominga, la Diputada Cristina Girardi solicitó el registro en el acta de la sesión determinando que la primera irregularidad del Proyecto Dominga, se refiere a que el potencial impacto ambiental del proyecto comprende ecosistemas de la III y IV región. Por tanto el proyecto es de carácter interregional y no regional, como fuera declarado por el titular del proyecto en el Estudio de Impacto Ambiental.
Dicha solicitud se llevó a cabo durante la presentación del Director Ejecutivo (S) del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) sr. Juan Cristóbal Moscoso, quien frente al cuestionamiento de la Diputada, argumentó que dicha consideración debió haber sido realizada por la Comisión Regional de Coquimbo según lo indica el artículo 9 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente (Ley 19.300).
Cabe mencionar que el artículo antes señalado indica que “corresponderá de oficio al Director del Servicio de Evaluación Ambiental, determinar si el proyecto o actividad afecta zonas situadas en distintas regiones”.
La relevancia de determinar si el proyecto es regional o interregional radica en el procedimiento de evaluación ambiental que debe seguir cada proyecto, debido a que aquellos proyectos que afecten tan sólo a una región deben ser presentados en las Comisiones Regionales en cambio aquellos que afecten dos o más regiones ante el Director Ejecutivo del SEA.
Girardi expresó que en este caso el SEA no cumplió con la obligación preventiva contemplada en la Ley 19.300, razón por la cual el SEA debió pronunciarse de oficio al respecto. Por su parte la Diputada Yasna Provoste agregó que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por Minera Dominga no cumple con los requisitos mínimos establecidos en la ley, razón por la cual el SEA debió haber declarado inadmisible la evaluación ambiental del proyecto desde un inicio.
Por su parte el representante de los pescadores artesanales de Caleta Chañaral de Aceituno, comuna de Freirina, Ángel Talandianos, reafirmó la primera irregularidad en el proceso de evaluación ambiental de no ser contemplados, consultados e informados por el servicio de evaluación ambiental durante el proceso de participación ciudadana.
Primera Ilegalidad: ECOSISTEMA ÚNICO EN EL MUNDO FRAGMENTADO PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL
El proyecto contempla Impactos Ambientales sobre la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, la cual se encuentra ubicada en la tercera y cuarta región, por tanto el proyecto es de carácter interregional. Debiendo ser conocido y tramitado frente a la dirección ejecutiva del SEA y no frente a la Dirección Regional de la Cuarta Región.
Debido a las observaciones realizadas en su informe Consolidado N°3 (CE/0027) de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones (ICSARA) la autoridad solicitó al titular reconocer a la Reserva Nacional del Pingüino de Humboldt (RNPH) y la Reserva Marina Isla Choros e Isla Damas como parte del área de influencia del proyecto. Al respecto el titular responde de forma ambigua, acompañando en la figura N°45 del anexo I.7 de la ADENDA 3 un estudio de comunidades submareales realizados en la costa centro norte de Chile , en el cual contempla expresamente un polígono que abarca Isla Chañaral, Isla Damas, Isla Choros e Isla Gaviota. Por tanto reconoce la naturaleza Hidrodinámica Regional inclusiva la cual contempla el mismo tratamiento para toda la RNPH, pero de forma arbitraria declara que el proyecto tan sólo tendrá impactos ambientales en la cuarta región contradiciendo argumentos presentados en la misma evaluación del proyecto.
A la sesión asistieron como invitados especiales al Director Ejecutivo (S) del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Sr. Juan Cristóbal Moscoso; El Presidente del Sindicato de Pescadores Artesanales de la Caleta de Chañaral de Aceituno, Sr. Ángel Talandianos Miranda; La Mesa Comunal de la Higuera, Sra. Marta Arancibia, Zunilda Vega; Boris López y Yonathan Rojas, y la Organización Internacional que promueve la protección del pingüino Humboldt – SPHENISCO, representada en Chile por Nancy Duman.
La comisión tiene como finalidad Investigar eventuales irregularidades, errores o vicios en actuaciones de funcionarios públicos en relación al proyecto minero Dominga; es presidida por el diputado Raúl Saldivar Auger e integrada por los diputados: Ramón Barros Montero, Gabriel Boric Font, Gonzalo Fuenzalida Figueroa, Sergio Gahona Salazar, Cristina Girardi Lavín, Marcela Hernando Pérez, Luis Lemus Aracena, Daniel Núñez Arancibia, Yasna Provoste Campillay, Alejandro Santana Tirachini, Enrique Van Rysselberghe Herrera.