*En un nuevo natalicio de Bernardo Ohiggins, Florencia Trujillo, asesora legal de ECOPOLIS, hace una reflexión en torno a la prohibición de las corridas de toro que decreto el chillanejo durante su Gobierno y como aquella decisión marcó un legado.
Un día 20 de agosto de 1778, en la ciudad de Chillán, nació una persona especial. Un hombre que entre otras cosas abolió los títulos de nobleza (‘chao’ a la sangre azul, ahora es roja para todos), declaró la Independencia de Chile (ya no más súbditos de rey alguno), creó lo que hoy vendría siendo el Cementerio General (donde están sepultados muchos de mis antepasados) y dispuso la reapertura del Instituto Nacional (donde estudió mi papi y tuvo de compañero de asiento al insigne Patricio Bunster; coincidencias que se dan cuando la educación pública es de calidad). Es decir, este chinallejo no sólo fue prócer de la Independencia sino que además precursor de un ¡Estado laico!
Pero hay algo más: Bajo su gobierno se crearon las primeras normas republicanas que abolieron las fiestas o eventos costumbristas basados en espectáculos sanguinarios por tratarse de actos que degradan o embrutecen al ser humano; puntualmente se prohibieron las corridas de toro y las peleas de gallo (Septiembre de 1823).
Mientras en la ‘madre patria’ y otros países aún se practica la tauromaquia (sesión pública y festiva de tortura animal), ya en el siglo XIX un hombre nacido en Chile visualizó el imperativo moral de su abolición: Bernardo O’Higgins Riquelme.
Tristemente su legado no ha trasuntado de modo uniforme a las autoridades chilenas de los siglos XX y XXI; al punto que un informe del Consejo de Defensa del Estado del año 1992 consideró que las peleas de gallo, aquellas organizadas por el ser humano para fines recreativos, no constituían maltrato animal. El argumento que algunas policías han sostenido para no perseguir penalmente las peleas de gallos es el hecho de que no existe norma expresa que prohíba tal actividad. Lo cierto es que tampoco existe tal prohibición para las peleas de perro y, sin embargo, el año 2010, gracias a Carabineros de Chile y la -entonces- fiscal Marisa Navarrete, se incautaron decenas de ‘perros de pelea’, logrando condenas por maltrato animal, ejercicio ilegal de la profesión y otros delitos asociados, respecto de varios imputados.
Las peleas de perro, las peleas de gallo, y todo espectáculo en el que se someta a los animales a condiciones artificialmente creadas para hacerlos combatir, muchas veces hasta la muerte, ES Maltrato Animal, aún cuando no se adhieran espolones o espuelas a las patas de los gallos, aún cuando no se inyecten drogas o líquidos estimulantes a los animales. Y, el argumento esgrimido por el gallero de #TierraAmarilla, al inaugurarse a principios del mes de Junio un ring para peleas de gallo, con la anuencia del #AlcaldeOsvaldoDelgado, no tiene asidero jurídico, toda vez que afirmar que “hay un vacío en la Ley 20.380” es no entender cómo se aplica el conjunto de normas sobre la materia, incluyendo el artículo 291 bis del Código penal.
Educar en el respeto a todos los animales, humanos y no humanos, es una misión permanente, es el deber de toda República imperfecta que busca la civilidad. Costumbre ancestral fue la esclavitud, el ser humano como propiedad de otro, y sin embargo la libertad personal hoy es un Derecho Humano fundamental. Hay costumbres y tradiciones que, por su crueldad inherente, deben quedar en el pasado.
“O’Higgins nos enseñaste y nos sigues enseñando…”, gracias por tu legado.