{"id":32060,"date":"2024-10-03T18:43:30","date_gmt":"2024-10-03T18:43:30","guid":{"rendered":"https:\/\/epanews.cl\/?p=32060"},"modified":"2024-10-03T18:43:34","modified_gmt":"2024-10-03T18:43:34","slug":"aprobacion-de-proyecto-de-deposito-de-relaves-en-huasco-genera-reclamos-ante-el-primer-tribunal-ambiental","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/epanews.cl\/aprobacion-de-proyecto-de-deposito-de-relaves-en-huasco-genera-reclamos-ante-el-primer-tribunal-ambiental\/","title":{"rendered":"Aprobaci\u00f3n de proyecto de dep\u00f3sito de relaves en Huasco genera reclamos ante el Primer Tribunal Ambiental"},"content":{"rendered":"

El Primer Tribunal Ambiental dej\u00f3 en estudio las reclamaciones interpuestas por vecinos de Huasco, Vallenar y Freirina contra la aprobaci\u00f3n ambiental del proyecto de dep\u00f3sito de relaves de la planta de pellets de la Compa\u00f1\u00eda Minera del Pac\u00edfico (CMP).\u00a0\u00a0<\/p>\n

Durante la audiencia celebrada\u00a0 en Antofagasta, los ministros Sandra \u00c1lvarez, Marcelo Hern\u00e1ndez y Alamiro Alfaro escucharon los alegatos de los abogados de los reclamantes, del Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental (SEA) y de la empresa involucrada. Se trata de dos reclamaciones, presentadas por pobladores de Huasco, Vallenar y Freirina, que cuestionan la resoluci\u00f3n del SEA que aprueba el proyecto. Los vecinos argumentan que la evaluaci\u00f3n de impacto ambiental present\u00f3 diversos vicios de legalidad y que no se consideraron debidamente sus observaciones ciudadanas. \u00a0<\/p>\n

\u00a0Los abogados de los reclamantes, Marcos Emilfork y Santiago Garc\u00eda alegaron que las modificaciones sustantivas realizadas al proyecto durante la tramitaci\u00f3n requer\u00edan un segundo proceso de participaci\u00f3n ciudadana y que la evaluaci\u00f3n debi\u00f3 considerar una consulta ind\u00edgena debido a la existencia de susceptibilidad de afectaci\u00f3n a personas pertenecientes a los pueblos Diaguita y Chango\u00a0<\/p>\n

Adem\u00e1s, \u00a0destacaron que el proyecto se ubica en una \u201czona de sacrificio\u201d, de manera que la evaluaci\u00f3n deber\u00eda haber considerado este aspecto, as\u00ed como la situaci\u00f3n espec\u00edfica de las personas de Huasco. Entre sus objeciones, destacaron la falta de an\u00e1lisis sobre los efectos acumulativos y sin\u00e9rgicos de los contaminantes, as\u00ed como la evaluaci\u00f3n insuficiente de los impactos en la flora (no considerando correctamente el fen\u00f3meno del desierto florido), los vestigios arqueol\u00f3gicos y la compatibilidad territorial del proyecto.\u00a0<\/p>\n

Por su parte, los representantes del SEA y de la empresa defendieron la aprobaci\u00f3n del proyecto. El abogado del SEA, Juan de Dios Montero, explic\u00f3 que esta iniciativa se someti\u00f3 a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) dado que la compa\u00f1\u00eda reconoci\u00f3 que generar\u00eda impactos, pero subray\u00f3 que tambi\u00e9n se hace cargo de un problema preexistente, ya que la planta de pellets carec\u00eda de un sistema de relaves. Montero asegur\u00f3 que los riesgos para la salud fueron adecuadamente evaluados, incluyendo los efectos sin\u00e9rgicos, as\u00ed como los impactos sobre la flora y el patrimonio arqueol\u00f3gico.\u00a0\u00a0<\/p>\n

El abogado de la CMP, Rodrigo Ben\u00edtez, tambi\u00e9n defendi\u00f3 el proyecto al mostrar im\u00e1genes de su funcionamiento y destacar que las reclamaciones carecen de fundamento. Sostuvo que las acciones interpuestas presentan varios vicios formales, debido a que algunos de los reclamantes no tienen legitimaci\u00f3n al no residir en Huasco. Adem\u00e1s, se\u00f1al\u00f3 que la invalidaci\u00f3n es improcedente y que se han presentado argumentos que no fueron expuestos durante el proceso de participaci\u00f3n ciudadana ni en la reclamaci\u00f3n administrativa.\u00a0\u00a0<\/p>\n

En cuanto al fondo, Ben\u00edtez expuso que, a su juicio, los reproches sobre el proceso de evaluaci\u00f3n ambiental son infundados, constando en el expediente todos los antecedentes que dan cuenta que el proyecto no genera un riesgo para la salud de la poblaci\u00f3n, haci\u00e9ndose cargo debidamente de sus impactos sobre la flora y el patrimonio arqueol\u00f3gico. Asimismo, explic\u00f3 que el proyecto es compatible con los instrumentos de planificaci\u00f3n territorial aplicables en la zona. \u00a0<\/p>\n

El proyecto de la CMP se ubica en la comuna de Huasco, Regi\u00f3n de Atacama, y consiste en la construcci\u00f3n, operaci\u00f3n y cierre de un dep\u00f3sito de relaves filtrados en tierra. Este se encuentra en terrenos propiedad de la compa\u00f1\u00eda y est\u00e1 compuesto por tres sectores: filtrado, transporte y dep\u00f3sito. \u00a0<\/p>\n

La causa se encuentra en estudio del Tribunal Ambiental tras la audiencia en la que se analizaron los argumentos de las partes y de la empresa.<\/p>\n\n\n

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