#PUNTOLEGAL GEDA propone a Fiscalía Nacional nuevo tratamiento frente a la suspensión condicional del procedimiento ante casos de maltrato animal

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Tras las modificaciones legales relativas al maltrato animal, que es delito desde el año 1989, luego de la promulgación de la Ley de Tenencia Responsable 21020 la Fundación Gestión por la Dignidad Animal-GEDA Chile hizo un llamado a la Fiscalía Nacional a tratar el delito de maltrato animal bajo el espíritu de las nuevas normativas legales vigentes.

De acuerdo al abogado José Binfa, miembro del Directorio de la Fundación GEDA,  “tras las reformas introducidas en agosto de 2017, por la Ley N° 21.020 sobre Tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, se reformula el tipo penal del art. 291 bis del Código Penal:  añadiendo figuras agravadas, definiendo el delito y, como principal innovación, incorpora una nueva pena accesoria al catálogo de penas del art. 21 CP de “Inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales”, precisó Binfa, en entrevista con EPA news.

En este contexto, Binfa explica que “el  delito de maltrato de animal, tras la reforma, constituye explícitamente un delito de acción u omisión, en el cual podemos distinguir una figura base o residual y dos figuras agravadas: como principal figura agravada, se encuentran los casos en que los actos u omisiones de maltrato o crueldad tengan como resultado “lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o provocaren la muerte del animal” y su pena de presidio menor en su grado medio y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales e inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales (art. 291 bis inciso 3°)”, agregó el representante de la Fundación GEDA.

Por su parte, la segunda figura agravada se encuentran ” los casos en que los actos u omisiones de maltrato o crueldad tengan como resultado un daño y, en cuyo caso, la pena será de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales (art. 291 bis inciso 2°).Por último, la figura residual es el antiguo artículo 291 bis, el cual ha sido conservado sin modificación alguna para cualquier caso en que no se produzca daño al animal”, explicó Binfa.

El nuevo escenario conlleva  el fin de la ” antigua alternatividad de penas que existía para cualquier caso de maltrato de animal, pues en aquellos casos en que exista daño físico siempre se impondrá pena privativa de libertad y pena pecuniaria, además de la accesoria de inhabilidad. Ante esto, es claro el interés del legislador de dar mayor aplicabilidad al delito de maltrato de animal y sancionar más severamente a los casos graves de maltrato animal”, señaló el abogado José Binfa.

Sin embargo, agrega el profesional, pese a los avances registrados en cuanto a la protección de los animales en la legislación chilena existe el dilema de las salidas alternativas según se consigna en el Código Procesal Penal. Al respecto el profesional señala que “dicho interés de criminalizar estos actos se enfrenta con las normas de salidas alternativas de los artículos 237 y siguientes del Código Procesal Penal, pues aún en los casos más graves de maltrato de animal, un imputado sin antecedentes penales podrá ser beneficiario de una suspensión condicional del procedimiento”, comentó Binfa.

La petición de la Fundación GEDA a la Fiscalía Nacional se refiere a los casos en los cuales es recomendable optar por una salida alternativa, frente a un caso de maltrato animal. “Para darle aplicabilidad a la pena accesoria, se recomienda instruir a los fiscales a no aplicar la suspensión condicional en aquellos casos graves que consistan en muerte, torturas, zoofilia, mutilación o maltratos graves reiterados a animales, es decir, en la generalidad de los casos del art. 291 bis inciso 3° y en algunos casos del inciso 2°”, comentó respecto a este punto Binfa.

Cabe señalar que la Fiscalía Nacional puede dictar oficios, estableciendo criterios de acción frente a determinadas materias “con la finalidad de un correcto y eficiente desempeño de la labor persecutoria y materializar así el principio de unidad de acción de la institución”, indicó el abogado José Binfa.

Las propuestas de la Fundación GEDA le serán planteadas al Fiscal Nacional, Jorge Abbott Charme, en una audiencia a desarrollarse este jueves 17 de Mayo  a las 12 hrs.