#PUNTOLEGAL ¿Desde cuando es considerado el maltrato animal como un delito en Chile?

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Un error frecuente que se genera hoy en día, plantean los expertos, es asociar a la Ley de Tenencia Responsable como el elemento jurídico que marca el comienzo del abordaje del maltrato animal como delito. Sin embargo, desde el año 1988 el maltrato animal está establecido como delito a partir de la inclusión del artículo 291 BIS del Código Penal.

La historia del Artículo 291 BIS se gestó a partir del artículo 3 de la Ley 18765, aprobada durante el año 1988 durante los tiempos de la Dictadura Militar. El artículo indicaba que “el que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”, precisaba la normativa.

En este contexto, la problemática que se identificaba en relación al artículo era la no definición del delito en cuestión el cual se buscaba perseguir.  “Esta  norma no es clara en determinar cuándo una conducta se encuadra dentro del tipo penal regulado, ya que no se señala primeramente si el delito establecido por ella puede ser cometido por acción u omisión, limitándose a disponer que la conducta sancionada es el cometer actos de maltrato o crueldad”, comentaban Alejandro Aguilar y Benjamín Bravo en su tesis para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile en cuanto a las problemáticas del reseñado artículo del Código Penal. Una problemática que fue planteada en forma reiterada por los expertos desde aquel entonces y la cual fue abordada por la Ley de Protección Animal 20380, promulgada el año 2009.

La Ley de Protección Animal, de acuerdo a sus objetivos, buscaba regular la educación sobre la protección animal, el transporte de animales, experimentos con animales vivos y planteaba modificaciones al artículo 291 BIS del Código Penal. Respecto a ese último punto, la modificación generada estuvo asociada a un aumento en las penas: se pasó de  presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días)  a presidio menor en sus grados mínimo a medio, o sea, de 61 días hasta 3 años de cárcel.

A juicio de la experta en derecho animal, Florencia Trujillo, “el sistema sancionatorio penal actual  ha devenido más que nada en una declaración de principios, resultando casi inaplicable en las muchas y diversas causas de maltrato animal que llevamos ante los Tribunales de Justicia. Esto es así porque para que se pueda aplicar un castigo acorde al daño efectivamente causado, no basta tener un amplísimo rango de sanciones posibles (desde la sola multa, hasta penas privativas de libertad que van desde los 61 días hasta los tres años), no basta elevar la pena mayor asignada al delito (como ocurrió con la reforma del año 2009), es indispensable contar con sistema punitivo más complejo aún, que se haga cargo de una realidad también compleja”, indicaba la profesional hace un tiempo en entrevista con EPA news.

¿Cuáles fueron los cambios introducidos, tras la promulgación de la Ley de Tenencia Responsable?

La Ley de Tenencia Responsable fue promulgada durante el año 2017 y publicada en el Diario Oficial el 2 de Agosto de ese mismo año, una normativa que si bien está centrada en la tenencia responsable aborda en sus artículos finales lo relativo al tratamiento del delito de maltrato animal.

Fueron tres los cambios introducidos:

a. Modificaciones en el Código Penal: Creación de la pena accesoria en cuanto a la in habilitación de tener a su cargo animales, establecimiento de la graduación de la pena y la definición del maltrato animal en términos penales.  El maltrato animal corresponde a “toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente causare daño, dolor o sufrimiento al animal”, se precisa en la normativa. 

b. Se establece el derecho de las organizaciones a querellarse frente a casos de maltrato animal, acaecidos a lo largo y ancho de nuestro país.

c. Aumento en las penas asociadas al maltrato animal: Se pasó de  presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días)  a presidio menor en sus grados mínimo a medio, o sea, de 61 días hasta 3 años de cárcel.

En resumidas cuentas, el maltrato animal es delito desde 1988 y donde las normativas posteriores, como es el caso de la Ley de Protección Animal, complementan la figura jurídica construida en antaño.

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