#BIOBIO Denuncian brutal caso de maltrato animal que afectó a dos perros en San Pedro de la Paz

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Dos perros amarrados con alambres de púas y enterrados en una zanja, así encontraron efectivos de Carabineros de Chile  a dos perritos en la comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bío Bío.

De acuerdo a los antecedentes, el maltrato se registró en el sector de Michaihue y el rescate fue realizado por Carabineros. Gracias a dicha acción, los animales pudieron tomar agua y comer pan.

Los dos animales quedaron al cuidado de vecinos, quienes están buscando un hogar para estos perritos y así tener el cariño y preocupación negada en el ayer por la sociedad.

Cabe señalar que de acuerdo a la legislación chilena, se reconocen en nuestro país dos tipos de maltrato: por acción y omisión. En el caso del primero corresponde a un acto intencional de un individuo cuyo fin es producir la muerte o daño de un animal propio o ajeno, mientras que el segundo alude a la acción de cualquier persona en cuanto a no preocuparse de las necesidades mínimas de la especie animal. Un ejemplo de esto último sería no preocuparse de la alimentación y albergue del animal que le pertenece.

El delito de maltrato animal es de acción pública, por lo cual cualquier persona puede interponer una denuncia ante los organismos correspondientes. Según lo establecido en la Constitución, los animales son considerados bienes muebles y por tanto prima sobre ellos el llamado derecho de propiedad: esto significa que ninguna persona o agrupación puede retirar animales sin una autorización judicial, pues se podría considerar un atentado al derecho de propiedad.

Una vez reunidos todos los medios de prueba que acrediten lo acusado , la denuncia se puede presentar ante Carabineros, Fiscalía o la BIDEMA. Lo más recomendable es presentar la denuncia ante los dos últimos, al contar estos con mayor experiencia y manejo en temáticas de maltrato animal. Cabe señalar que solamente es el Ministerio Público el ente autorizado por ley para decidir si se investiga una denuncia, por lo cual ambas policías están obligadas a recibir la denuncia y tramitarla.

Las sanciones que enfrentan las personas por el delito de maltrato animal, están establecidas en el artículo 291 bis del Código Penal y el cual indica: “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”.