#VALPARAISO Bancada animalista presentó proyecto que busca aumentar las penas por el maltrato animal

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Con el fin de aumentar las sanciones frente a casos de maltrato animal , los miembros de Parlamentarios por la Dignidad Animal PARDA Chile ingresaron un nuevo proyecto de ley que busca robustecer la normativa actualmente vigente relacionada con la protección y derechos de los animales. El proyecto fue ingresado en la Cámara de Diputados, para su posterior trámite.

Durante la presentación del proyecto de ley, la Abogada y Secretaria Técnica de PARDA Carolina Leiva señaló que “si bien tenemos un delito que está vigente desde el año 1989, las causas y procesos judiciales que se han iniciado en torno a este delito son muy escasos y las condenas son prácticamente nulas. El proyecto marcha ciudadanaque ingresaremos hoy tiene por objeto darle cuerpo y robustecer esa normativa penal para lograr efectiva protección a los animales en relación a la violencia que se ejerce en contra de ellos por parte de los seres humanos”, indicó Leiva.

El proyecto de ley presentado, de acuerdo a lo explicado por PARDA, busca “dotar al delito de maltrato animal de efectiva aplicabilidad. Si bien el artículo 291 bis existe en Chile desde el año 1989, y con una penalidad mejorada desde el año 2010 (mayor que la imponen otras legislaciones más avanzadas en la materia, como Francia y España), el tipo delictual chileno carece de aplicación práctica, y así lo demuestran las enormes cifras de archivos de investigación y la paupérrima cifra de condenas”, señalo la bancada animalista en el escrito.

Bajo este contexto, la iniciativa apunta a mejorar desde una perspectiva cualitativa la actual normativa, partiendo de la base que los animales son considerados como sujetos de protección especial (sujetos de derecho a su integridad física y psíquica), lo cual es reconocido en Chile a través de la Ley de Protección Animal 20380 y el Artículo 291 bis del Código Penal que establece las penas por maltrato animal.

Los cambios que propone el proyecto, se pueden dividir en tres áreas:

-Modificación del Código Penal: Se busca lograr la modificación del actual artículo 291 bis, que hoy en día define y estructura el maltrato animal. Para ello, se  señala la necesidad de crear cinco artículos más referente a la temática, es decir, desde el 291 ter a 291 septies. Las temáticas de los artículos propuestos son:

a)Establecer un delito de maltrato animal graduado, que se inicie en “una falta, pasando acodigo penall delito cuando se produce daño físico o síquico, y agravándolo cuando, producto del maltrato, se produce el resultado de muerte”, explico PARDA en el documento.

b)Mencionar de forma expresa que se entiende por omisión, en el contexto del maltrato animal.

c)Explicar de manera más detallada y clara que se entiende por maltrato animal o crueldad, realidad que hoy en día, plantean desde PARDA, no está presente. Una definición que debe involucrar, además, “el abuso sexual y el actuar omisivo del tenedor o garante de forma expresa, castigándose el actuar omisivo y negligente de parte de quien ostentare la calidad de tenedor, poseedor o garante del animal”, se indica en el escrito.

d)Plantear una serie de agravantes que, en caso de la presencia de ellas en un delito, obligue al juez a imponer la pena máxima. Algunas de las agravantes indicadas son: “si se utilizan armas; si hay ensañamiento; si el autor se vale de menores de edad; si produce al animal pérdida de miembros o sentidos; si se verifica la publicitación del delito vía
redes sociales u otros; o si se realiza en el contexto de violencia intrafamiliar”, explico el escrito de la Bancada.

e)Creación de la pena accesoria de inhabilitación de trabajo y/o tenencia de animales, frente a casos de maltrato animal. Esta pena va desde un año hasta la perpetuidad, dependiendo de la gravedad del maltrato animal.

-Cambios en el Código Procesal Penal: Las transformaciones propuestas son el establecimiento de la denuncia obligatoria para los médicos veterinarios o profesiones afines, con el objetivo de que “denuncien los casos de maltrato de que tomen conocimiento en el ejercicio de su cargo”, señala PARDA en el documento; permitir a las agrupaciones del mundo de la protección animal y otras que trabajen por la protección de las personas vulnerables y la paz social a querellarse frente a casos constitutivos de delito. Lo anterior es un punto clave, indican, pues en “muchos casos, el autor del delito de maltrato animal también es autor de otros delitos contra las personas, principalmente personas vulnerables, por lo que habilitar a todas estas organizaciones robustece la posibilidad de persecución”, indico  PARDA en el documento.

-Decreto Ley 645 de 1925, sobre el Registro General de Condenas: Creación del Registro Nacional de condenados a la pena de inhabilitación de trabajo o tenencia de animales, esto con el fin de darle aplicabilidad a la sanción reseñada. El registro, de acuerdo al proyecto, podría ser consultado por agrupaciones del mundo de la protección animal o por quienes deban contratar personal que se relacionará con animales.

El fin último de la iniciativa legal es “prevenir y sancionar la violencia ejercida en contra de los animales de forma integral, dotándolos de la dignidad y la protección que les ha sido negada durante tantos años”, explicó PARDA y el cual se inserta dentro de una serie de iniciativas legales que ha presentado la bancada desde su creación, en Octubre del año pasado, cuyo factor común es la protección integral de los animales.