#PUNTOLEGAL ¿Qué contempla la idea de los caniles municipales, que establece la nueva Ley de Tenencia Responsable?

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Tras la promulgación de la Ley de Tenencia Responsable por parte de la Presidenta Michelle Bachelet hace algunos días, uno de los puntos que ha causado mayor temor dice relación con la idea de los caniles municipales que establece la nueva normativa a través de su artículo 12. Bajo este contexto, muchos temen que las perreras de antaño regresen a escena con el maltrato y sacrificio animal que conllevaba.

Sin embargo, a juicio de Florencia Trujillo, consultora en derecho animal y asesora legal de Ecopolis, el espíritu y propósito  de la norma apunta hacia otro sentido.

“Los  caniles municipales  deberán funcionar de acuerdo a estándares de bienestar animal, con instalaciones adecuadas y espacio suficiente, además deberán llevar un registro de ingreso y de egreso de todos los animales, tendrán que  contar con “apoyo de profesional idóneo” y cumplir con las actuales normas de higiene y salubridad (Código Sanitario). También cabe tener presente que se prohíbe expresamente el sacrificio como método de control poblacional”, comenta al respecto Trujillo, quien también es colaboradora de EPA news.

El fin de los caniles municipales, explica la profesional, es ser apoyo en el desarrollo de las políticas de tenencia responsable y control poblacional y no el centro de acción. “Los caniles municipales NO deben ser la principal acción de control poblacional; el espíritu de la ley los concibe como centros de paso para una posterior adopción y con una capacidad limitada. De hecho los municipios que han desarrollado las mejores estrategias de control ético no tienen caniles pero sí centros de esterilización, posta veterinaria, programas de educación y mucho trabajo con las organizaciones de protección animal, en una relación de respeto mutuo”, señala la experta.

La aplicación de este artículo también le conllevaba la responsabilidad a los municipios en su rol de gobierno municipal, bajo el sentido de que comprendan el nuevo rol que traen consigo los caniles municipales. “Aún falta que muchos municipios “desaprendan” lo que han venido haciendo históricamente y entiendan que el retiro y acopio de animales NO es una solución. Los municipios y sus autoridades deben entender que la mejor estrategia (por el bien de todos) es apoyar a las agrupaciones de protección animal y desarrollar programas permanentes de esterilización masiva (sostenidos en el tiempo, sin interrupciones ni lagunas de tiempo), al servicio de la comunidad”, agrega Florencia Trujillo.

En este sentido, si los Municipios no cumplen con lo establecido en cuanto a los caniles municipales estarán ocurriendo en una infracción a la normativa. “Un  canil municipal  incurrirá en infracción cada vez que tenga animales hacinados, enfermos sin tratamiento y sin instalaciones adecuadas, por ejemplo, que se llueva o tenga mal cerco perimetral, o que no proporcione albergue adecuado a los animales del frío, del calor y la humedad. También será infracción no llevar el registro de los animales que ingresan y egresan, o no estar inscrito en el Registro Nacional. NO es la idea reeditar la “perrera”, puntualiza la especialista.

Al final de cuentas, la promulgación de esta ley, según Trujillo, “es un avance, no es la panacea, pues  nos da mejores herramientas  para fiscalizar y exigir, en base a la ley, un mejor trato a los animales. Además, establece obligaciones no sólo para los particulares sino también a las autoridades, las cuales estarán obligadas a implementar una política pública de bienestar animal y control de poblaciones”, concluye la consultora en derecho animal.