¿Cómo denunciar un caso de maltrato animal en Chile?

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Pese a que a ninguno de nosotros nos gustaría que ocurriera, lamentablemente el maltrato animal es una realidad que está presente en el día a día en el mundo entero y donde Chile no es la excepción. Bajo este contexto, es clave no sólo saber los pasos ha seguir cuando se presenta una denuncia por maltrato animal sino también comprender a que estamos aludiendo cuando hablamos de maltrato animal en la legislación chilena.

De acuerdo a la legislación chilena, se reconocen en nuestro país dos tipos de maltrato: por acción y omisión. En el caso del primero corresponde a un acto intencional de un individuo cuyo fin es producir la muerte o daño de un animal propio o ajeno, mientras que el segundo alude a la acción de cualquier persona en cuanto a no preocuparse de las necesidades mínimas de la especie animal. Un ejemplo de esto último sería no preocuparse de la alimentación y albergue del animal que le pertenece.

El delito de maltrato animal es de acción pública, por lo cual cualquier persona puede interponer una denuncia ante los organismos correspondientes. Según lo establecido en la Constitución, los animales son considerados bienes muebles y por tanto prima sobre ellos el llamado derecho de propiedad: esto significa que ninguna persona o agrupación puede retirar animales sin una autorización judicial, pues se podría considerar un atentado al derecho de propiedad.

Luego de detectar el maltrato animal, el paso siguiente es proceder a reunir los medios de prueba que sustenten la denuncia y la cual no puede ser anónima. Se deben captar imágenes del maltrato denunciado, conseguirse testigos mayores de 18 años capaces de dar cuenta del hecho con la mayor cantidad de detalles posibles y si es posible tratar de que un veterinario observe la situación para posteriormente emitir un informe respecto al maltrato. Le da peso a la denuncia, advierten los especialistas.

Si se trata de un maltrato animal por omisión, se debe averiguar el comportamiento del denunciado a lo largo del tiempo. Esto porque, en la mayoría de las ocasiones, la conducta de maltrato es reiterada y lo cual constituye una agravante del delito.

Una vez reunidos todos los medios de prueba, la denuncia se puede presentar ante Carabineros, Fiscalía o la BIDEMA. Lo más recomendable es presentar la denuncia ante los dos últimos, al contar estos con mayor experiencia y manejo en temáticas de maltrato animal. Cabe señalar que solamente es el Ministerio Público el ente autorizado por ley para decidir si se investiga una denuncia, por lo cual ambas policías están obligadas a recibir la denuncia y tramitarla.

Las sanciones que enfrentan las personas por el delito de maltrato animal, están establecidas en el artículo 291 bis del Código Penal y el cual indica: “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”.

A pesar de estar establecido en el artículo antes indicado la posibilidad de cárcel para los maltratadores, los jueces optan por la multa económica como sanción dado a lo indicado en el mismo artículo y a que el sistema penal chileno apunta a la búsqueda de penas alternativas a la cárcel.

Junto a la multa económica al condenado, el juez de garantía puede decretar, basándose en la ley 18380 artículo 12, ordenar el retiro de los animales maltratados y derivarlos  a una persona natural o jurídica que se hará cargo de la recuperación del animal y la segunda medida es ordenar un tratamiento veterinario necesario para el bienestar del animal. Ambas medidas son a costa del imputado.

La invitación es, en definitiva, a no quedarse callado ante el maltrato animal y denunciar los casos donde seamos testigos.